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Maria Cristina Araújo Azarola

Interrogantes

¡Los derechos humanos! ¡Cuánto se ha escrito y hablado y cuánto se escribe y se habla sobre los derechos humanos!

¿ qué son estos «derechos»? ¿cuáles son los derechos humanos? ¿por qué tenemos derechos , los humanos?… y ¿solo tenemos derechos?¿cuál es el ámbito de acción de estos derechos? ¿cómo hacer valer estos derechos que cada uno posee? ¿ante quién? …¿será verdad que todos poseemos los mismos derechos? Los interrogantes se suceden.

Derechos humanos y pseudo derechos

Desde muy antiguo los hombres han ejercido o intentado ejercer derechos . Los móviles no son siempre los mismos. Muchas veces su ejercicio ha sido motivado por el orgullo, o por la envidia. Es el móvil de la primera tentación, según narra la Biblia. Es el móvil de la tentación racionalista: el derecho humano a pensar y decidir por si mismo se transforma en un pseudo derecho a imponer lo que la razón manda, porque se piensa como bueno, verdadero y útil . Podemos preguntarnos : ¿ la razón de qué hombre puede erigirse en criterio justo de verdad y bien?

El derecho humano a «ser más» ( a crecer como personas) se desdibuja y desfigura en un «derecho a tener más» presentando a este como medio indiscutible e indispensable del primero,o como sustitutivo del primero. Es la tentación del materialismo en sus diversas formas.

El derecho humano a vivir como seres humanos, se desfigura como «derecho a vivir según los dictados de las ciencias». Es la tentación que presenta el positivismo.

El derecho humano a relacionarse con nuestros semejantes y con las cosas, puesto que somos sociables y comunicativos e indigentes se presenta como el derecho a usar de las personas y de las cosas en función de mis propios intereses o en función del interés de un grupo. Es laa tentación del pragmatismo.

Podríaamos seguir enumerando las tentaciones ante las cuales sucumbimos los seres humanos. De esta forma nos damos cuenta que vivimos en un mundo donde , en vez de derechos humanos, muchas veces se proclaman pseudo derechos humanos.

De allí las guerras, las guerrillas, la violencia en sus diversas formas: violencia moral, violencia psíquica, violencia espiritual violencia física, violencia religiosa.

De allí la «lucha de clases» que se nos quiere implantar a la fuerza, deformando las conciencias y las mentes.

Formación en derechos humanos 

Resulta evidente que es necesaria una formación adecuada en los derechos humanos. Es tarea propia de la educación cristiana. Es lo que Cristo nos vino a enseñar. Es lo que Dios enseñó al pueblo hebreo desde su alianza con Abraham, luego de darle las Tablas de la Ley.y durante toda su historia hasta la plenitud de los tiempos.

La Iglesia insiste que para Dios no hay acepción de personas.

Pero resulta que los hombres a veces, nos olvidames que los derechos humanos van acompañados de sus respectivos deberes. Son correlativos. Son jerárquicos.

En consecuencia, la formación en derechos humanos es tarea de educación. «Educar» es desarrollar las potencialidades personales. Cada uno tiene que descubrir lo que es, y lo que es capaz de ser. Se impone una tarea de autodescubrimiento que conduce a asumir responsabilidades desde lo que debemos ser y hacer. Se nos patentizan nuestros deberes para con el prójimo, para con nosotros mismos y para con Dios.

En este mismo proceso de descubrimiento, en el hacer, aprendemos a usaar de las cosas en función de esos deberes. Las cosas con «útiles» son «para» algo, están en función de algo. Están subordinadas a nuestras necesidades, a fin de cumplir con nuestra tarea de ser hombres.

Al tomar conciencia de nuestra humanidad y creaturidad , reconocemos que en relación con Dios, solo tenemos deberes. Son los tres primeros deberes del Decálogo: amar a Dios sobre todas las cosas, no tomar su santo nombre en vano, santificar las fiestas.

Una rápida mirada a nuestro alrededor nos muestra el incumplimiento de estos tres deberes. Su significado y consecuencias es tarea catequética.

Desde la perspectiva de la historia de las ideas y de la humanidad saaabemos que el rompimiento de la relación hombre-Dios trae y trajo como consecuencia la absolutización de lo relativo. Y con esto, el vaciamiento del hombre, el desmembramiento de las sociedades, la violencia, la negación (de hecho) de los derechos humanos, etc.

El reconocimiento de nuestra humanidad contingente y relacional, nos conduce a descubrir la correlatividad de deberes y derechos en nuestra vinculación con el prójimo.

Esta correlatividad descubierta a nivel teorético- especulativo , se traduce en la vida en una trama de relaciones sociales, familiares, religiosa, educacional, cultural, política, económica, etc., que hacen posible la realización de cada persona, de cada miembro, de cada grupo de la comunidad.

Si queremos una sociedad que viva en armonía, se hace imperioso la educación del hombre en el reconocimiento de sus deberes y derechos. Es imposible la armonía cuando cada uno o cada grupo mira solo sus derechos. O cuando alguno ve solo deberes en los demás. O cuando no se jerarquiza con rectitud . Así se rompen las relaciones de justicia y se genera la discordia, se siembra la envidia, el odio, la venganza, Y cuando las pasiones ciegan a los hombres , es difícil ver la verdad de lo que acontece. La Psicología y la Historia muestran que la pasión domina al hombre, domina su voluntad e impide ver la verdad de lo real. El hombre apasionado razona, pero lo hace en función del móvil de la pasión.

Entonces, ¿qué hay que hacer? Formar en los educandos hábitos moralmente buenos, suscitar la adquisición y ejercicio de las virtudes.

Las virtudes perfeccionan al hombre. Los vicios lo degeneran. Hoy, en torno nuestro, parece que no se distingue vicio de virtud, porque se desconoce –tal vez- la objetividad del bien moral.

Además como el ser humano vive en sociedad, sus acciones tienen una trascendencia social. Y aunque sus acciones no sean percibidas por alguien.

Por esto, la sociedad es, según sus miembros.

Cuanto más vicio, más lucha, más destrucción.Cuanto más virtud, más armonía, más integración, más comprensión.

¿Cómo desterrar los crímenes, los despilfarros, las torturas, la desocupación, la violencia, la desintegración familiar?

Transformando el corazón y la mente de los hombres. Lo vivimos en el ámbito familiar, laboral, institucional. Cada uno tiene experiencia de esto.

¡Con razón Sócrates adoptó como lema: «conócete a ti mismo»! Y Cristo dijo a quienes querían apedrear a la adúltera:»El que esté exento de pecado, que arroje la primera piedra». Y el filósofo quiteño, Eugenio Espejo, se esforzó en mostrar que si los hombres no obraban según Cristo, la Patria sucumbiría.

Entonces formar en derechos humanos significa suscitar la autoconciencia como camino para asumir responsabilidades personales en orden a su realización como persona. Significa suscitar la formación de la conciencia moral recta. El cristiano debe formar su conciencia cristiana. Porque si el hombre no quiere obrar con rectitud moral, en vano nos esforzamos en formular las declaraciones de derechos, en organizar comisiones pro derechos humanos. Permanecemos en el plano formal, legalista. Como dice el refrán popular «mucho ruido y pocas nueces».

Significado del término «derecho»

El término «derecho» tiene diversas acepciones. Explicamos tres sentidos:

El derecho como realidad objetiva (ius res,se refiere a lo justo, a lo debido) para mi realización (para la realización de cada uno) como persona. Lo justo o lo debido puede ser bienes materiales o bienes inmateriales , pueden ser acciones u omisiones.

Ejemplo de bienes materiales : cuando compramos un kilo de manzanas a alguien lo justo o debido es el kilo de manzanas.

Ejemplo de bienes inmateriales: a un cristiano lo justo o lo debido es la educación cristiana.

Este jus res (derecho objetivo, cosa justa) es base del ius facultas (derecho subjetivo)

derecho subjetivo (ius facultas) es el poder de la persona individual o colectiva a disponer ,exigir, hacer, omitir algo, sin que ninguna otra persona lo pueda impedir.
Aplicamos el ej. I: una vez pagas las manzanas, tengo derecho a (puedo exigir) su entrega.

Aplicamos el ej. II: puedo (tengo derecho a) exigir una adecuada educación cristiana.

De la relacionalidad del derecho surge la necesidad de su regulación. De ahí la ley positiva.

derecho normativo (ius lex): se refiere a la ley, la cual, no es propiamente derecho, sino la regla del derecho. La ley cuando es justa ( y solo en ese sentido es verdadera ley) da a cada uno lo que es suyo,es decir lo que necesita para su propia realización.

Los derechos humanos.

El tema que nos ocupa, se refiere a los derechos humanos, es decir, a los derechos del sujeto. Como corresponde a la acepción de «derecho subjetivo».

¿Qué es lo que puedo exigir del prójimo? Que me respete, porque soy una persona y como tal semejante a él. De ahí la reciprocidad del respeto.

¿Qué significa «respetar» a una persona? El término «respeto» viene del latín: «respectus» que significa : atención, considereción. De modo que, «respeto» significa acatamiento, veneración, miramiento, reverencia.

Respetar a alguien significa, entonces,cierta veneración, reverencia, hacia la persona. El respeto está basado en la dignidad que tiene toda persona, por el hecho de ser persona.

Explicamos: siendo la persona humana un espìritu encarnado, tiene que desarrollarse física y espiritualmente . Esto implica: cultivar su inteligencia con verdades, fortalecer su voluntad con el ejercicio de acciones buenas, vigorizar los buenos afectos, desterrar los malos hábitos, orientar las inclinaciones naturales hacia la plenitud de su desarrollo moralmente bueno, abrirse hacia todo lo que la naturaleza nos brinda para su pleno desarrollo físico, psíquico y espiritual.

Implica también, trascender hacia el prójimo (el próximo) en cuanto necesita de auxilio moral, material, cultural, psicológico, espiritual, religioso, físico… esta trascendencia es recíproca : la necesita quien da y quien recibe.

Las denominaciones «obras de misericordia» son una muestra de lo que cada uno puede hacer para desarrollarse como persona. Nos dan una visión integrada de la relación deber-derecho. Nos presenta el verdadero móvil de nuestras acciones : amor a Dios y al prójimo. Porque esas obras sugen del auténtico amor que no es sensiblero ni utilitario, sino que busca el bien del otro sin esperar nada a cambio. Amar es procurar el bien al amado. Quien obra por amor se perfecciona.

Es el «amor–donación» del que nos habla el filósofo Gabriel Marcel y otros pensadores , reconociéndolo como rasgo existencial de la persona concreta.

¿Cuál es el resultado de este obrar?

La justicia. Porque quien obra procurando el bien al otro (su semejante) insertando su obra en un conjunto de acciones moralmente buenas, no violenta a otros, ni opone su acción como obstáculo a la realización de las otras personas. También procura el bien como medio útil para lograr fines perversos ni usa de medios ilícitos para lograr un fin bueno.

La persona que obra como debe, obra lo justo. Por eso, quien ha sido educado en el amor al bien y a la verdad, y en el ejercicio de acciones buenas, rectas ( no simplemente correctas) resulta preparado para obrar según justicia.

El derecho (ius) y la justicia (iusticia) van juntos. Por consiguiente, no pueden generar injusticias. Si las generan, es:

1) porque se ha olvidado que los derechos humanos no son un absoluto, puesto que el sujeto poseedor de ellos, es un ser relativo. A lo sumo –usando una expresión de Zubiri- el hombre es un ser relativamente absoluto. Esto significa que el ser humano no puede ser usado como si fuera un «útil».

2) porque se ha extralimitado, al no reconocer el o los deberes correlativos por lo tanto agrede al prójimo en el ejercicio de sus derechos. Puede ser un obstáculo al cumplimiento de los derechos del prójimo.

En la vida cotidiana abundan ejemplos.

Slogan

La frase–slogan: «Mis derechos terminan donde comienzan los del otro», resulta meramente formalista y vacía de contenido , si no se presentan los derechos en relacion con los deberes.

Porque ¿dónde comienzan los del otro? ¿quién marca el límite? … en un contexto liberal, «mis derechos» los ejerzo sin límites, con exclusión de todo lo que me estorba. Pero, como sería anárquica, resulta que el límite lo marca la ley del Estado (ley positiva), el reglamento, las disposiciones ,etc., a fin de evitar el desorden.

En un contexto absolutista dictatorial o monopólico, ejerzo los derechos que el Estado o un grupo determinan y tal como los determinan. Es el reinado de la uniformidad , de la homogeneidad. En vez de «igualdad» de los hombres hay «equivalencia».

Marquinez Argote, explica que : «afirmar que somos iguales en el sentido de «igualdad – equivalencia» es negar o desconocer la diversidad, la rica variedad de los individuos y los pueblos. Es medir a todos por el mismo rasero. Es someter a la gente a moldes niveladores y homogeneizantes. Es admitir que estamos hechos en serie y no en serio. Es propiciar el advenimiento del reino gris de la uniformidad. En síntesis, es abocarnos a la barbarie del igualitarismo que, aunque parezca paradoja, es aliado fiel de todos los totalitarismos. (…) La igualdad uniformadora es a veces causa y otras resultado de la totalización que culmina en la identidad. Los hombres pasan a ser números momentos intrascendentes, partes de la totalidad –totalizada».

En ambos regímenes, sólo reina la «legalidad «. La «ley» se transforma en el criterio de lo bueno y de lo verdadero, (con la expresión «ley» queremos significar aquí, tanto la ley del Estado como el imperativo de la razón de alguno o de algunos).

Nos surgen interrogantes: ¿dónde se fundamenta esta «ley»? ¿en la razón de quien detenta el poder? ( sea el gobernante, los legisladores o grupos de presión).

En este caso, ¿dónde están los derechos humanos, en estos contextos jurídico-político sociales? ¿no serán un fantasma, una ilusión, un anhelo, pero no una realidad?.

Porque, ¿cuál es el pensamiento que sobre el hombre poseen los gestadores de estas corrientes de opinion liberal y monopólicas? Resulta de interés averiguarlo, para una adecuada formación en los derechos humanos.

Deberes y derechos

En un contexto de educación cristiana, la formación del hombre en los derechos humanos, no pueden centrarse simplemente en una afirmación de derechos- como si fuera asunto de las ciencias sociales e históricas- sino en un conocimiento explícito y verdadero de los deberes. ¿Por qué? Porque el hombre es una persona relativa, relacional, contingente . Siempre está en situación de débito. Siempre es deudor de algo a alguien (al prójimo).

Fijémonos en nuestro «comenzar a ser». Allí se marca nuestra radical insuficiencia, nuestra total dependencia, nuestro débito radical.

El derecho a la vida lo poseemos desde el momento en que fuimos concebidos. Sin embargo, podemos proclamarlo después de nacidos y cuando tenemos conciencia de su alcance y significado. Es responsabilidad de los mayores respetar el derecho a la vida de quien no puede hablar. ¿Y antes del nacimiento? …¿antes de nuestro «comenzar a ser»? Existía el deber de nuestros padres de no obstaculizar nuestro existir. Y recíprocamente , ante sus prójimos, nuestros padres tenían el derecho de concebirnos, con todo lo que ello implica.

Entonces, en torno al derecho a la vida, giran: el derecho a formar una familia, el derecho a la educación integral, al derecho al trabajo, el derecho a laa propiedad.

La reivindicación del derecho a la vida no puede circunscribirse al aspecto biológico, derecho a nacer. Esta reducción encierra una afirmación biologicista o materialista.

En la mayoría de los derechos en torno al aborto se evidencia una concepción biologista del hombre: se piensa al hombre como si fuera tan solo un fenómeno biológico. Es la negación del ser humano concreto. Lo mismo ocurre con la eutanasia.Y la concepción de la vida humana en términos de «vida útil» encierra el mismo sofisma.

Por esto, la defensa del hombre concreto, incluye la afirmacion de su derecho a la vida, porque es persona humana. El análisis de este derecho evidencia múltiples facetas : hay derechos correpondientes a su vida psico-biológica y otros corresponden a la vida de su espíritu.

El derecho a la ida psico-biológica incluye: el derecho a la integridad física , derecho a la integridad psiquica, derecho a la salud física y a la salud psíquica.

El derecho a la vida del espíritu incluye: derechos a la cultura, derecho a practicar la religión, derecho a la intimidad, derecho al honor, derecho a la formación moral recta…

El derecho a la educación integral encierra, en cierto modo, estos derechos.

Conclusión y sugerencias

Resulta evidente que la formación del educando en el ejercicio de los derechos, es un aspecto de su educacion integral. Porque el reconocimiento de los derechos no puede quedar aislado del cumplimiento de sus deberes, que, como hombre posee.

Además, para realizar una formación adecuada, es preciso conocer al sujeto de esa formación, y tener idea clara de lo que es educar y del fin de la educación.

Nuestros colegios e instituciones católicas tienen mucho de decir en torno a este tema. Ellos han sugido, seguramente , en virtud de alguna necesidad de la humanidad, o de la Patria toda, o de un barrio, o localidad en particular. Siempre como respuesta de la Iglesia ante las necesidades de los hombres concetos.

Entonces, ¿no son expresión de los derechos y deberes humanos? ¿no resultaría interesante , a modo de experiencia local,conocer:

Los motivos por los cuales ha surgido cada institución eclesial (centros de enseñanza, policlínicas,escuelas agrícolas, talleres, «costureros», Conferencias Vicentinas etc. Etc.)la eficacia en su momento? La vigorización y difusión en la actualidad? Creo que la Iglesia Uruguaya tiene una historia, la educación católica en el Uruguay tiene su historia. Falta conocerla.

A veces, parece que su desonocimiento lleva a buscar fuera lo que tenemos dentro. Y a apreciar lo que otros hacen, pensando que nosotros no hacemos nada.

Cada labrador tiene que conocer su tierra: las cualidades que tiene y las carencias, a fin de abonarla en su justa medida y poder cultivarla de modo adecuado.