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Néstor Martínez Valls

Hay quienes piensan que la exhortación apostólica Amoris Laetitiae del Papa Francisco inaugura un nuevo paradigma y que se podría o debería rever otros aspectos de la moral católica (por ejemplo, la doctrina de la encíclica Humanae Vitae sobre la anticoncepción) releyéndolos “a la luz de Amoris Laetitiae.” Por lo tanto, volvamos una vez más a Amoris Laetitiae y especialmente a su numeral 301, que dice:

“301. Para entender de manera adecuada por qué es posible y necesario un discernimiento especial en algunas situaciones llamadas ‘irregulares’, hay una cuestión que debe ser tenida en cuenta siempre, de manera que nunca se piense que se pretenden disminuir las exigencias del Evangelio. La Iglesia posee una sólida reflexión acerca de los condicionamientos y circunstancias atenuantes. Por eso, ya no es posible decir que todos los que se encuentran en alguna situación así llamada ‘irregular’ viven en una situación de pecado mortal, privados de la gracia santificante. Los límites no tienen que ver solamente con un eventual desconocimiento de la norma. Un sujeto, aun conociendo bien la norma, puede tener una gran dificultad para comprender ‘los valores inherentes a la norma’ o puede estar en condiciones concretas que no le permiten obrar de manera diferente y tomar otras decisiones sin una nueva culpa.”

*

Una lectura lógica de este texto, particularmente basada en las propiedades lógicas de la disyunción (“esto o aquello”), nos lleva a distinguir tres casos en los que, según Amoris Laetitiae, sería posible que la persona que está en una situación objetivamente mala desde el punto de vista moral y en materia grave, estuviese aún en estado de gracia (y consiguientemente, siempre según Amoris Laetitiae, pudiese confesarse y comulgar aún sin propósito de enmienda):

1· Desconocimiento de la norma moral. Suponemos que aquí, según la teología moral católica de siempre, se refiere a la ignorancia “invencible”, es decir, la que subsiste luego de haber hecho el esfuerzo por conocer la verdad razonablemente exigible a la persona, y que por tanto, es inculpable.

2· No.

a· Dificultad para comprender los valores inherentes a la norma

b· Imposibilidad de obrar de manera diferente sin nueva culpa.

En estos casos, entonces: Amoris Laetitiae va a sostener la posibilidad de comulgar luego de un discernimiento caso por caso:

1· Ignorancia (invencible) de la norma moral.

2· Sin ignorancia invencible, y sin imposibilidad de obrar de manera diferente sin nueva culpa, dificultad para comprender los valores inherentes a la norma.

3· Sin ignorancia invencible, y sin dificultad para comprender los valores inherentes a la norma, imposibilidad de obrar de manera diferente sin nueva culpa.

Una vez surgida la polémica acerca de la correcta interpretación de Amoris Laetitiae, el Papa Francisco dispuso que se publicase en Acta Apostolicae Sedis la carta de los Obispos de Buenos Aires, como interpretación auténtica refrendada por él mismo.

Allí dice:

“En otras circunstancias más complejas, y cuando no se pudo obtener una declaración de nulidad, la opción mencionada puede no ser de hecho factible. No obstante, igualmente es posible un camino de discernimiento. Si se llega a reconocer que, en un caso concreto, hay limitaciones que atenúan la responsabilidad y la culpabilidad (cf. 301-302), particularmente cuando una persona considere que caería en una ulterior falta dañando a los hijos de la nueva unión, Amoris laetitia abre la posibilidad del acceso a los sacramentos de la Reconciliación y la Eucaristía (cf. notas 336 y 351). Estos a su vez disponen a la persona a seguir madurando y creciendo con la fuerza de la gracia.”
La carta de los Obispos de Buenos Aires parece referirse solamente al tercero de aquellos apartados, no tomando en cuenta, explícitamente al menos, el tema de la ignorancia, vencible o invencible, o el de la comprensión o no de los valores inherentes a la norma.
Sin embargo, el “considere” que agrega el texto de los Obispos de Buenos Aires abre el camino para una interpretación diferente: en esos casos la persona cree con ignorancia invencible que debe realizar actos objetivamente adúlteros para evitar el pecado que consistiría en dañar de algún modo a los hijos de esa unión.
En esta interpretación, el texto de los Obispos de Buenos Aires no admitiría, al menos explícitamente, otra posibilidad de confesión y comunión en estas situaciones que la que se debiese a la ignorancia invencible.»

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Por tanto, la pregunta que subsiste todavía hoy es: ¿hay o no hay una posibilidad de confesión y comunión en estas situaciones objetivamente inmorales en materia grave, en las que no se presenta propósito de enmienda, distinta de la que derivaría de la ignorancia invencible de la persona? ¿Es ello posible desde los principios fundamentales de la moral católica de siempre? ¿Y cómo entender ese mismo caso de la ignorancia invencible?

Comenzando por el caso (3) de los arriba señalados, hay que decir que no es posible, simplemente hablando, en la moral católica. Pues se trataría del caso en que una persona que conoce perfectamente la norma moral y comprende perfectamente los valores inherentes a la misma, hace sin embargo lo que ella sabe que es intrínsecamente malo, para evitar dañar a terceras personas.

O sea, se trataría simplemente de un caso en que se pretende que el fin justifique los medios, cosa que obviamente no es moralmente lícita.

Mucho menos, por tanto, se puede pretender que en esos casos la persona está moralmente obligada a realizar, con plena conciencia y libre elección, una acción que es intrínsecamente mala, es decir, mala por su objeto.

*

En cuanto al caso (2), ante todo hay que preguntarse si esto es realmente una causa de inimputabilidad distinta de la ignorancia misma.

Porque, o bien la persona conoce la maldad moral del acto que realiza, o no. En el segundo caso, estamos en la hipótesis de la ignorancia. En el primer caso, no hace falta comprender nada más para estar en conciencia obligado a respetar esa norma de modo tal que se es subjetivamente culpable si se la transgrede.

En efecto, es claro que no cabe hablar de inimputabilidad en el caso de alguien que hace sin coacción alguna lo que sabe que es moralmente malo.

Por tanto, no hay forma de articular coherentemente como motivo de inimputabilidad la hipótesis dice que no hay ignorancia y que no se comprenden los valores inherentes a la norma moral en cuestión.

Dicha incomprensión de los valores inherentes a la norma moral, entonces, sólo funcionaría como motivo de inimputabilidad cuando fuese asociada a la ignorancia (invencible) o simplemente idéntica a ella.

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¿Qué hacer entonces con la frase de Amoris Laetitiae n. 301 que dice “aun conociendo bien la norma moral”? No se puede decir que conoce bien la norma moral quien no sabe que el acto prohibido por esa norma es moralmente malo, y no se puede decir que quien sabe esto, no comprende aún algo necesario para estar en conciencia obligado a obedecer esa norma de modo tal que es subjetivamente culpable si la desobedece.

Se podría pensar en la hipótesis de alguien que conoce la letra de la norma, pero no sabe en realidad que lo que la norma prohíbe es moralmente malo.

Es una hipótesis problemática, porque en concreto, el creyente que quiere recibir la Eucaristía ha de suponerse al menos que sabe que la norma moral contra el adulterio procede de Dios, y que desobedecer a Dios es moralmente malo.

Sin estas dos convicciones parece claro que esta persona no puede recibir la Eucaristía hasta haber completado su formación catequética.

Pero en todo caso, esa hipótesis específica no nos hace salir de la hipótesis general de la ignorancia, que para que sirva de motivo de inimputabilidad debe ser, además, invencible.

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De todo ello concluimos que la “incomprensión de los valores inherentes a la norma moral” no aporta una causa de inimputabilidad distinta y separable de la ignorancia (invencible) misma, y que ese pasaje de Amoris Laetitiae no viene a aportar otro motivo de inimputabilidad católicamente aceptable que no sea la ignorancia (invencible) o al menos no la implique necesariamente.

De los tres casos distintos que parecía ofrecer Amoris Laetitiae en cuanto a motivos de inimputabilidad, queda en realidad, entonces, uno solo: la ignorancia invencible.

Y como dijimos, en cuanto al texto de los Obispos de Buenos Aires, la palabra “considere”, que agregan, permite interpretarlo en el sentido de que el único motivo de inimputabilidad que explicita es justamente la ignorancia invencible.

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La cuestión, entonces, es cómo se relacionan la ignorancia invencible y la recepción de los sacramentos. Y sobre eso la teología moral tradicional tiene una doctrina muy precisa.

Veamos por ejemplo el Dictionnaire de Théologie Catholique, III, col. 946 – 947 (traducción nuestra.)

“¿Pero debe el confesor instruir siempre al penitente de una obligación que éste ignora? Debe instruirlo, si siendo ignorancia vencible, no se puede suponer que el penitente esté en buena fe (…)
Si la ignorancia, siendo invencible, excusa al penitente, se lo debe instruir igualmente, si se espera que hará caso de la advertencia.
En caso contrario, se puede, al menos en general, dispensarse de hacerlo. Por un lado, en efecto, esta advertencia sería inútil; por otro lado, no se conseguiría otra cosa que sacar al penitente de su buena fe y cambiar su pecado material en pecado formal.”[1]

Pero necesariamente debe hacerse esa amonestación:

a) si el penitente le pregunta, porque entonces, desde que duda, no está más en buena fe;

b) si el silencio del confesor puede ser considerado como una incitación al mal

c) si la duda versa sobre los primeros principios de la ley natural o sobre sus consecuencias inmediatas: una ignorancia de este tipo, suponiéndola posible, no podría ser invencible por mucho tiempo, y por tanto, no podría excusar por mucho tiempo;

d) si la falta de admonición deja al penitente en ocasión próxima de pecado.[2]

Cuando se duda de la utilidad de la admonición, es mejor, usualmente, abstenerse, a menos que esté en juego el bien común, que tiene primacía sobre el bien particular.[3]

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En un sentido más restrictivo, pero sustancialmente igual, uno de los mejores textos de teología moral fundamental que hemos leído hasta el presente:

“¿Y cómo deben portarse los Confesores con sus Penitentes ignorantes? R. Que estan obligados los Confesores á instruir á sus Penitentes, quando padecen ignorancia de aquellas cosas que deben saber; aunque hicieran concepto que aquella ignorancia era inculpable, y que podria ser que no se enmendáran despues de instruidos, ó que fuera pecado lo que antes del desengaño no seria pecado: por quanto el Confesor debe iluminar, y sacar de sus errores reprendiendo su negligencia, ó á lo menos observando la preparacion de animo despues de haber recibido la instrucción, para ver si son capaces de la absolución, ó dignos de que se les niegue. Y la contraría opinion , hija legitima de la demasiada libertad en opinar contra la verdad, débese tener por laxa, y por intolerable: a excepción solamente de algún caso extraordinario, en que es debido, y conforme a prudencia el silencio, y disimulo del Confesor, para evitar escándalos, disensiones, perjuicios, y otros inconvenientes, que se podrían seguir del desengaño, especialmente sobre la nulidad del matrimonio contraído; en cuyo lance debe el Confesor quanto antes acudir por la convalidacion, ó diligenciar y precaver los dichos inconvenientes , para despues sacar del engaño , y de la ignorancia á su Penitente. El qual Penitente nunca debe ser absuelto, si se hace concepto que es culpable su ignorancia; sino que se le debe diferir la absolución hasta que hayan cesado los inconvenientes, y se vea que está bien arrepentido de la culpa de su ignorancia: cuyos lanzes particulares deben ser consultados, y premeditados, para evitar el desacierto, segun las circunstancias ocurrentes.”[4]

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Lo cual puede resumirse, entendemos, de este modo:

1· El penitente que está en ignorancia vencible, y por tanto, culpable, debe ser instruido siempre y sin excepción antes de poder recibir la absolución (que la recibirá, obviamente, sólo en caso de aceptar dicha instrucción, reconocer su pecado y arrepentirse de él, y manifestar el correspondiente propósito de enmienda).

2· El penitente que está en ignorancia invencible, y por tanto, inculpable, debe ser igualmente sacado de la ignorancia por el Confesor, igual en todo esto al apartado anterior.

3· Se exceptúa el caso en que de dicha instrucción se seguiría con mayor probabilidad o con certeza un daño moral mayor para el penitente o para terceros, del modo expresado en los dos textos citados.

De todo ello se sigue que, con toda certeza, en la teología moral católica tradicional la posibilidad de confesarse y comulgar sin propósito de enmienda es en todo caso algo excepcional, que por tanto no puede ser convertida en la regla general, sino precisamente lo contrario: la norma general es que en esos casos no son posibles la absolución y la comunión mientras no cambie la actitud de la persona.

Las excepciones, además, no se fundamentan en el estado de gracia de la persona que está en ignorancia invencible, sino en la necesidad de evitar males mayores y la posibilidad de tolerar (no de hacer) males menores a ese efecto, considerándose que el pecado solamente material es un mal menor respecto del pecado formal.


[1] Cf. Francisco Suárez, De paenitentia, disp. XXXII, sect. IV, n. 1-5, t. XXII, p. 679-681, Salmanticences, Cursus Theologiae Moralis, tr. VI, c. XII, n. 33-35, t. I, p. 312; Lacroix, Theologia moralis, l. VI, part. II, c. II, dub. VI, n. 1758, t. II, p. 280; San Alfonso, Theologia moralis, l. VI, tr. IV, c. II, dub. V, n. 610-617, t. VI, p. 102-115; Homo apostolicus, tr. XVI, n. 116.

[2] Cf. Salmanticences, loc. cit., n. 37-40, t. I, p. 313; De Lugo, De paenitentia, disp. XXII, n. 26-29, 30, 37, t. V, p. 518-520; Lacroix, Theologia moralis, l. IV, part. II, c. II, dub. VI, n. 1758, t. II, p. 280; Sanchez, Disputationes de sancto matrimonii sacramento, 3 in-fol., Venecia, 1672, l. II, disp. XXXVIII, n. 8-14; Tamburini, Methodi expeditae confessionis, l. III, c. IV, n. 3, Opera Omnia, 2 in-fol., Venecia, 1719, t. II, p. 400; S. Alfonso, Theologia moralis, l. VI, tr. IV, n. 615, t. VI, p. 113; A. Ballerini–D. Palmieri, Opus theologicum morale in busembaum medullam, loc. cit., n. 816-831, t. V, p. 446-455.

[3] Cf. De Lugo, De Sacramentum Paenitentia, Disp. XXII, n. 30, t. V, p. 518; Salmanticences, Cursus Theologiae Moralis, tr. VI, c. XII, n. 39, t. I, p. 313; San Alfonso, loc. cit., n. 615, t. VI, p. 113.” (T. Ortolan)”

[4] Francisco Guijarro O.P., Buen uso de la Teología Moral según el espíritu de la Iglesia, tomo II, Valencia, 1792, pp. 360-361.